¿Qué es una orden de entrega (D/O)?
Una orden de entrega (D/O, llamada "ordino" en turco) es el documento con el que el agente del transportista indica a la terminal o al almacén que la mercancía puede entregarse al consignatario una vez pagados el flete y los gastos de llegada y cumplida la condición de entrega del conocimiento de embarque. No es un documento que figure en la legislación aduanera; su función empieza con la entrega física de la mercancía.
¿Es obligatoria la orden de entrega para los trámites aduaneros?
A efectos aduaneros, no. La orden de entrega no es un documento que figure en la legislación aduanera, y un escrito de la Dirección General de Aduanas de fecha 23 de noviembre de 2017 establece expresamente que las aduanas no pedirán la orden de entrega en ninguna fase de los trámites aduaneros; una declaración puede registrarse sin ella. No obstante, la orden de entrega se mantiene en la práctica, porque su función está en el lado de la entrega: la solicita el agente de la naviera para que la mercancía pueda retirarse efectivamente de la terminal o del depósito aduanero. Esta separación tiene una consecuencia práctica: el despacho de aduanas y el proceso de la orden de entrega pueden avanzar en paralelo.
¿Cuándo y cómo se obtiene la orden de entrega?
La orden de entrega se emite cuando se cumplen conjuntamente dos condiciones. La condición monetaria es que se hayan pagado el flete y los gastos locales del lado de la llegada; si el flete se paga en destino (collect), el agente no libera la carga hasta haber cobrado el pago. La condición documental es que se haya cumplido la condición de entrega del conocimiento de embarque.
- Se recibe el aviso de llegada del agente
- Se pagan el flete y los gastos locales del lado de la llegada; este paso es crítico en los envíos collect
- Se cumple la condición de entrega del lado del conocimiento de embarque: presentación del B/L original o de un telex release
- El agente emite la orden de entrega y da la instrucción de entrega a la terminal o al almacén
- La mercancía se retira físicamente; en FCL, el plan para devolver el contenedor vacío ya debería estar hecho
¿Qué ocurre si no se obtiene la orden de entrega?
No hay bloqueo en el lado aduanero: la declaración puede registrarse, los derechos pueden pagarse y la inspección puede completarse. Lo que se bloquea es la entrega física: la mercancía permanece en la terminal o en el almacén. Esta espera suele hacer correr tres partidas a la vez. El almacenaje que se paga a la terminal cuenta el tiempo pasado en el patio; el demurrage que se paga a la naviera es el cargo por el contenedor lleno que espera más allá del tiempo libre; y una vez que el contenedor sale, empieza a correr el contador de la detention. Como el tiempo libre surge del contrato y no de la legislación, este calendario cambia con la tarifa de la naviera.
¿Qué documentos se confunden con la orden de entrega?
En el lado de la llegada hay cuatro documentos con nombres parecidos. El aviso de llegada es solo informativo; anuncia que el buque ha llegado y los gastos que deben pagarse, y no da autoridad para retirar la mercancía. El conocimiento de embarque es el documento que representa la mercancía y fija la condición de entrega. La orden de entrega no sustituye al conocimiento de embarque; es su consecuencia. La declaración de aduanas es un proceso totalmente distinto. Como la denominación varía de un agente a otro, conviene confirmar a qué documento se refiere.
¿Se cobra algo por la orden de entrega?
Como la administración de aduanas no pide la orden de entrega, esta partida no es una tasa pública sino la factura de servicios del agente. En la práctica, los agentes pueden facturar una partida similar con nombres distintos; unos gastos de documentación o unos gastos de entrega de la carga pueden cumplir la misma función. Por eso, en lugar de discutir la existencia de la partida, es más productivo pedir en la fase de presupuesto que los gastos locales del lado de la llegada se detallen línea por línea (véase también manipulación en terminal (THC)).
La función de los documentos que se confunden a la llegada
| Documento |
Quién lo emite |
Función |
¿Lo pide la aduana? |
| Aviso de llegada |
El agente del transportista |
Anuncia la llegada y los gastos que deben pagarse; no da autoridad para retirar la mercancía |
No |
| Conocimiento de embarque (B/L) |
El transportista |
Representa la mercancía y fija la condición de entrega |
Figura entre los documentos que se adjuntan a la declaración |
| Orden de entrega (D/O) |
El agente del transportista |
La instrucción de entrega dada a la terminal una vez cumplida la condición de entrega |
No |
| Declaración de aduanas |
El obligado o el agente de aduanas |
Somete la mercancía a un régimen aduanero |
Sí, es el propio proceso |
Preguntas frecuentes
¿Es la orden de entrega un documento que figura en la legislación aduanera?
No. La orden de entrega no es un documento que figure en la legislación aduanera, y un escrito de la Dirección General de Aduanas de fecha 23 de noviembre de 2017 establece expresamente que las aduanas no pedirán la orden de entrega en ninguna fase de los trámites aduaneros. Su función está en la retirada física de la mercancía de la terminal o del almacén.
¿Puede registrarse una declaración sin la orden de entrega?
Sí. Esta es la forma práctica de aprovechar bien el tiempo: los trámites aduaneros y el proceso de la orden de entrega pueden avanzar en paralelo. Retrasar la declaración a la espera de la orden de entrega supone gastar en vano parte del tiempo libre.
¿Puedo sacar mi mercancía del puerto sin orden de entrega?
En la práctica, no. La aduana no pide la orden de entrega, pero los operadores de la terminal y del almacén no entregan la mercancía sin la instrucción de entrega del agente. Aunque los trámites aduaneros hayan terminado, la mercancía espera en el patio si no se han pagado el flete y los gastos de llegada o no se ha cumplido la condición de entrega.
Tengo un telex release; ¿hace falta también una orden de entrega?
Sí, son pasos distintos. Un telex release cumple la condición de entrega del lado del conocimiento de embarque; indica que la carga puede liberarse sin que los documentos originales se envíen por mensajería. La orden de entrega es el paso siguiente y es la instrucción de entrega que el agente da a la terminal; el telex release es su condición previa, no su sustituto.